Reglamento interno

Asistencia y reincorporaciones

Art. 1º: Para conservar su condición de regular, el alumno deberá acreditar una sistencia a clase no inferior al 75%, quedando asi habilitado para presentarse a los examenes finales.
Art. 2º: La asistencia se computa por asignatura, por hora de clase dictada y por cuatrimestre.
Art. 3º: Las inasistencias podran justificarse por razones de salud, trabajo o duelo. En todos los casos, los justificativos deberan presentarse por escrito dentro de los ocho dias corridos de haberse reintegado el alumno a clases. Vencido dicho plazo, los justificativos carecerán de validez.
Art. 4º: El dercho de escolaridad adquirido por la esistencia cumplida en una materia, conserva su validez durane diez turnos de exámenes.
Art. 5º: Las materias son presenciales, no exite la categoria de alumno libre.
Art. 6º: El alumno que hubiera excedido el 25% de inasistencias justificadas, deberá solicitar su reincorporación como alumno regular, por materia. Para ello deberá elevar una nota a la Rectoría, y presentarse ante el ttrular de la cátedra involucrada, con quien acordará la realización de un trabajo practico integrador, que deberá ser aprobado con una calificación no menor a 7(siete) puntos, para quedar reincorporado.
Art. 7º: El alumno que no hubiere cumplido con una asistencia del 50% del total de clases dictadas por cuatrimestre y por materia, aunque las inasistencias hayan sido justificadas, perderá definitivamente su condición de regular, y deberá recursar la materia.
Art. 8º:Sse considerarán justificadas solamente aquellas insistencias cuyos comprobantes cuenten con el visto de las autoridades del Instituto.

Exámenes y equivalencias

Art. 9º: El alumno tienen derecho a rendir exámenes recuperatorios de cada una de las instancias parciales de evaluación de una materia. Los mismos tendrán que resultar aprobados en su totalidad, caso contrario, el alumno deberá recursar la materia.
Art. 10º:Son requisitos indispensables para rendir el examen final: haber aprobado los exámenes parciales y trabajos prácticos exigidos por los profesores; haber cumplimentado la asistencia y la entrega de documentación para los legajos; inscribirse en secretaria en las fechas estipuladas.
Art. 11º:Se establecen tres turnos de exámenes a saber dos llamados en el mes de diciembre, dos llamados en el mes de  marzo y un llamado en el mes de julio.
Art. 12: El alumno que al termino de los exámenes de marzo resultara aprobado al menos en le mitad  de las asignaturas del año en curso, tendrá derecho a matricularse en el año inmediato superior.
Art. 13º: Si le faltara aprobada una o dos asignaturas para alcanzar el mínimo fijado en el articulo anterior, el alumno podrá matricularse n forma condicional en el curso in mediato superior.
Art. 14º (Ver anexo adjunto): El alumno podrá matricularse en forma condicional en tercer año, si reune los requisitos del Art.13, es decir, si tiene aprobadas:

  • Todas las asignaturas menos una de primero y le falta aprobar una de segundo para poder alcanzar la aprobación de la mitad del total de las del ultimo curso.
  • Tiene aprobadas todas las asignaturas menos dos de primero y la mitad del total de las de segundo.
Art. 15º (Ver anexo adjunto): El alumno podrá matricularse en forma condicional en cuarto año, si reune los requisitos del Art.14, a saber:
  • Tienen aprobadas todas las asignaturas de primer año, todas las materias menos una de segundo y le falta aprobar una para alcanzar la aprobación de la mitad del total de las de tercero.
  • Si tiene aprobadas todas las asignaturas de primero y todas menos dos de las de segundo y tienen aprobada la mitad del las de tercero.
  • Si tiene aprobadas todas las asignaturas menos una de  primero y todas las de segundo y tienen aprobada la mitad del las de tercero.
  • Si tiene aprobadas todas las asignaturas dos de  primero y todas las de segundo y tienen aprobada la mitad del las de tercero.
  • Si tiene aprobadas todas las asignaturas menos una de  primero y todas las de segundo y le falta aprobar una para alcanzar la aprobación de  la mitad del total de las de tercero.
  • Si tiene aprobadas todas las asignaturas menos una de  primero y todas menos una de las de  segundo y tienen aprobada la mitad del las de tercero.
Art. 16º: El alumno no podrá rendir ninguna asignatura del curso en el que cumple asistencia condicional hasta tanto no apruebe la/s asignatura/s que adeuda.
Art. 17º: El alumno promovido con asignaturas pendientes del curso anterior, podrá rendir exámenes de las curso en la que están matriculados regularmente, siempre que no sea correlativa con la que adeuda. Ademas podrá rendir la correlativa de la del curso que ya tuviera aprobada. La tabla de correlatividades será fijada por el establecimiento, teniendo en cuenta la exigencia académica, pedagógicas y didácticas propias de cada carrera, no pudiéndose rendir dos materias correlativas en el mismo llamado. 
Art. 18: El alumno que en el primer llamado de exámenes resultare aplazado en una asignatura no podrá presentarse a rendir en le segundo llamado del mismo turno.
Art. 19º: El alumno que resultare aplazado tres veces en la misma asignatura, deberá cursarla nuevamente.
Art. 20º: Los alumnos que hubieren cursado asignaturas similares en otro establecimiento perteneciente al nivel superior no universitario o universitario, deberá presentarse al profesor titular de la cátedra:
  • Pedido formal por escrito de la/s equivalencia/s 
  • Copia autentica del programa, debidamente sellado y foliado por las autoridades de la institución otorgante del certificado
  • Constancia de que la materia ha sido aprobada con examen final ( certificado analítico correspondiente)
Art. 21º: Para otorgar la equivalencia, el o los programas entregados deberá cubrir el 70% de la temática abordada por la signatura a cursar, bibliografia afín y carga horaria semejante.
Art. 22º: Para acreditar la residencia del nivel medio y del nivel terciario, los alumnos deberán presentar un informe que de cuenta de la reflexión  sobre los espacios de practicas transitados, como asi también deberá dar una "clase magistral", que será evaluada por docentes de la carrera de las áreas disciplinar, didáctica y pedagógica.

Reglamentaciones especiales

Art.23º: El uso del celulares se encuentra restringido. Se encomienda a los alumnos que solo en caso de extrema necesidad lo tengan encendidos, y en modo vibratorio. En caso de tener que contestar el teléfono, se le solicita se retiren del aula, de la forma mas desapercibida posible, y realice su reingreso al aula, de la misma forma.
Art. 24º: Esta terminantemente prohibido fumar dentro de la institución.
Art. 25º: La institución se reserva el derecho de matricula cuatrimestralmente a los alumnos, en el caso que estos faltaren en compromiso hacia el proyecto institucional y no cumplimentaran las pautas generales del comportamiento.

Son transgresiones graves:
  1. Discriminaciones arbitrarias en razón de raza, color, religión, nacionalidad, origen étnico, sexo, estado marital, edad o discapacidad
  2. Abuso físico y/o verbal, amenaza, intimidaciones, hostigamiento, acoso, coerción o cualquier otra conducta que amenace o pongan en peligro la salud o vida de alguna persona
  3. Hostigamiento con la miras  a  avances sexuales, requerimiento de favores sexuales y todo otra consulta verbales o físicas cuya naturaleza constituya un acoso sexual bajo amenaza del castigo físico o académico, bajo promesa de premio académico u otros. Intento de seducción basado en el ejercicio de poder que otorga una posición en el instituto.
  4. Ofrecimiento al docente o administrativo de premios o favores con miras a la obtención de mejores notas, cambio de las existentes, omisión de trabajos, u otra conducta equivalente
  5. Inducción  a al asociación con estudiantes, docentes o administrativos para el mismo fin.
  6. Hurto, robo o intento de robo y /o daño contra bienes pertenecientes al instituto o a sus miembros.
  7. Consumo, tenencia o trafico de bebidas alcohólicas como asi también narcoticos u otras sustancias prohibidas.
  8. Posesión ilegal de armas de fuego, explosivos u otros dispositivos o compuestos químicos peligroso dentro del radio de las instalaciones de este instituto. No se permite el ingreso con armas al instituto incluso en el caso de que el portador posea permiso de las autoridades nacionales.
Anexo
Articulo 14º:
Asignaturas aprobadas
Primer año
Segundo año
Total
Todas menos una (es decir 14 materias)
Adeudando una materia para alcanzar la mitad más una del total ( o sea 7 asignaturas)
21
Todas menos dos (es decir 13 materias)
La mitad mas una del total(o sea 8 asignaturas)
21


Articulo 15º:

Primer año
Segundo año
Tercer año
Total
Asignaturas aprobadas
Todas (o sea 15 materias)
Todas menos una (o sea 14 materias)
Adeudando una para alcanzar la mitad del total ( o sea 6 materias)
35
Todas (o sea 15 materias)
Todas menos dos (o sea 13 materias)
La mitad mas una del total ( o sea 7 materias)
35
Todas menos una (es decir 14 materias)
Todas menos una (o sea 14 materias)
La mitad mas una del total ( o sea 7 materias)
35
Todas menos dos (es decir 13 materias)
Todas (o sea 15 materias)
La mitad mas una del total ( o sea 7 materias)
35
Todas menos una (es decir 14 materias)
Todas (o sea 15 materias)
Adeudando una para alcanzar la mitad más una del total ( o sea 6 asignaturas)

35
Todas menos una (es decir 14 materias)
Todas menos una (o sea 14 materias)
La mitad mas una del total ( o sea 7 materias)
35